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AT & El Departamento de Asuntos de los Veteranos

¿Qué es Tecnología Asistencial bajo el Departamento Federal de Asuntos de los Veteranos (DVA)?

Los beneficios del DVA incluyen:

  • Vivienda especial y adaptaciones para la vivienda.
  • Automóviles y adaptaciones para automóviles.
  • Subsidio de ropa relacionada con Tecnología Asistencial.
  • Ayudas protésicas, ortóticas y sensoriales.
  • Otras tecnologías asistenciales relacionadas a un plan de rehabilitación.

¿Quién es elegible para los beneficios del DVA?

Generalmente, veteranos (hombres o mujeres) que abandonaron el servicio militar activo con una baja honorable y general son elegibles para los beneficios del DVA. Servicio militar activo significa servicio a tiempo completo como un miembro del Ejercito, Marina, Fuerzas Aéreas, Marines, Guardas Costeros, o como un oficial comisionado del Servicio Médico Público, la Administración de Servicios Ambientales, o el Oceánico Nacional & Administración Atmosférica. Veteranos con ciertas discapacidades sufridas en servicio son elegibles para la Tecnología Asistencial y deben contactar con sus oficinas locales para determinar la elegibilidad y aplicar.

¿Cómo aplico para los beneficios del DVA?

Aquellas personas que solicitan con el DVA por primera vez, deben presentar una copia de sus formularios de baja del servicio (DD214) que documente sus fechas de servicio y el tipo de baja. Los veteranos pueden aplicar para los beneficios en varios lugares. Generalmente, los beneficios de la Tecnología Asistencial se pueden solicitar en una oficina local del DVA. Las oficinas regionales de California están localizadas en:

  • Federal Building, 11000 Wilshire Blvd., Los Angeles, CA 90024
  • 1301 Clay Street, Room 1300 North, Oakland, CA 94612
  • 2022 Camino Del Rio North, San Diego, CA 92108
  • 1201 Terminal Way, Reno, NV 89520
  • La línea gratuita de todo el estado incluyendo Reno es (800) 827-1000

¿Cuáles son mis derechos para apelar?

Los demandantes de los beneficios del DVA pueden apelar cualquier decisión tomada por un centro médico u oficina regional. Una apelación debe ser hecha en el plazo de un año de la notificación de la decisión. El demandante debe archivar un aviso escrito del desacuerdo con la oficina que tomó la decisión. Después de que la oficina reciba el aviso, proveerá al veterano con una Declaración del Caso, dando la razón para la determinación con regulaciones citadas. En el plazo de 60 días de recibir la declaración del caso, o en el plazo de un año desde la decisión original, el veterano debe archivar una Apelación Substantiva con el Tablero de Apelaciones de los Veteranos. El paso siguiente es una audiencia, la cual puede sucesivamente ser apelada a la Corte de Apelaciones de Veteranos. Para información adicional, los veteranos deben llamar al número gratuito (800) 827-1000.

Para más información, visite la página web del Departamento de Apelaciones de Veteranos de USA, www.va.gov.

Venga a mirar a nuestra biblioteca. Aquí usted encontrará una amplia variedad de documentos y enlaces a otras páginas importantes.

Toll-Free: 800-390-2699
TTY: 800-900-0706
E-mail: info@atnet.org

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- Hugo M